1. Objetivo
La
convocatoria tiene como propósito proveer de manera
coordinada equipamiento científico y tecnológico de
significación para grupos de investigación en el marco de
proyectos plurianuales vigentes.
2.
Justificación
Para
el mejor aprovechamiento de los recursos financieros de
equipamiento y su utilización , el Directorio ha resuelto
un cambio en la modalidad de su asignación destinados a la
adquisición de tal manera de centrar la promoción
institucional no en proyectos individuales, sino en
conjuntos de proyectos enmarcados en un determinado ámbito
institucional y disciplinario.
Esta
nueva modalidad posibilitará la adquisición de equipos de
mediana y alta y de mayor complejidad, propendiendo una
utilización más racional por parte de varios grupos de
investigación integrando redes efectivas de cooperación.
La
ejecución del Programa permitirá actualizar paulativamente
la infraestructura de equipamiento de los diferentes grupos
de Investigación y Desarrollo y mejorar su producción.
3.Beneficiarios
Podrán
ser beneficiarios del Programa todos los investigadores que
sus condiciones de trabajo y cumplan con las siguientes
requisitos:
A)
sean titulares de proyectos plurianuales en ejecución a la
fecha de la presente convocatoria, aprobados por el CONICET
en sus concursos de los años 1997 y 1999 (PIP`98 y PIP´00)
o por la ANPCyT para los que el CONICET o las Universidades
Nacionales sean Entidades Beneficiarias. (*)
B)
Se asocien a los fines de solicitar la provisión de
equipamiento para su utilización conjunta.
(*)
Podrán participar también los titulares de proyectos
financiados por instituciones internacionales.
4.
Montos y características de los subsidios
Los
subsidios otorgan montos desde 15.000 hasta 100.000 pesos
por asociación.
Para
acceder a los subsidios se deberán asociar los titulares
de, por lo menos, cuatro proyectos plurianuales en el caso
de ciencias sociales y de cinco en el resto de las
disciplinas. El cumplimiento del requisito del número mínimo
de proyectos no garantizará su adjudicación parcial o
total. Se tomará como criterio para la selección, en
primer término aquellas asociaciones que integren el mayor
número de titulares de proyectos y en segundo término
(accesorio del primero) a las asociaciones que garanticen la
utilización de los equipos al mayor número de
investigadores de la institución o las instituciones que
suscriban la presentación. Se considerará especialmente la
existencia de co-financiamiento para el equipo solicitado ,
sea este de fuentes nacionales o extranjeras. El número de
proyectos integrantes deberá formar parte de cada
presentación y no corresponderá al CONICET el
reagrupamiento o consolidación de presentaciones sin
acuerdo previo de los titulares de proyectos.
Cada
proyecto y su titular podrán participar en una única
asociación a efectos de solicitar los subsidios a los que
habilita la convocatoria. (Los titulares de mas de un
proyecto serán considerados como únicos)
Los
subsidios podrán ser destinados a:
A)
la adquisición de hasta tres equipos nuevos y sus repuestos
y accesorios o repuestos y accesorios para otros tres
equipos mayores que ya se encuentren en utilización.
B)
La adquisición de software especializado, servidores y
materiales para la conexión de redes informáticas.
Los
subsidios podrán ser usados para la financiación parcial
de la compra del equipamiento complementando fondos de otro
origen. Cuando el subsidio del CONICET cubra màs del 50%
del costo del equipamiento o los fondos de contraparte sean
extranjeros, todos los equipos, repuestos y accesorios
adquiridos con los subsidios que se aprueben serán
patrimoniados a nombre del CONICET.
Esta
convocatoria no contempla el financiamiento para la
adquisición de computadoras personales ni bibliografía que
serán atendidos por otros mecanismos.
Los
equipos deben estar localizados en una dependencia
institucional que posibilite su utilización por parte de
los proyectos integrantes de la asociación y de los
investigadores de las unidades cuyo acceso se garantice en
la solicitud.
Los
subsidios serán otorgados a través de los respectivos
Administradores Delegados o Administradores de Fondos que
correspondan a los titulares quienes estarán encargados de
organizar los concursos de precios de acuerdo con la
Resolución Nº 2667/99.
La
aprobación de las solicitudes será resuelta por el
Directorio y el financiamiento estará supeditado a la
disponibilidad presupuestaria de la Institución.
La
administración de los subsidios y las rendiciones de cuenta
estarán regidas por la normativa sancionada a través de la
Resolución Nº 2667/99.