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Sección Red Tecnológica - FOROS

Aportes al debate sobre medicamentos genéricos

"El 5 de septiembre se realizó la Jornada "Medicamentos: Aportes al debate de genéricos", en la Asociación Médica Argentina, organizada por la Sociedad Argentina de Farmacología y Terapéutica y el Comité de Farmacéuticos. Entre los aspectos considerados, el Dr. Eduardo Gallardo presentó el cuadro siguiente para mostrar las diferencias fundamentales que existen entre los llamados "genéricos" en la Argentina frente a las medicinas originales (resultado de la investigación científico-tecnológica) y los genéricos como se conocen en EE.UU. y Europa.

Para la aprobación de nuevos productos desde el año 1992, de acuerdo con la reglamentación legal vigente, Ley 16463 y Decretos Reglamentarios nª 9763/64, 150/92 y sus modificatorios; se solicita la presentación de test de disolución comparativos entre el producto a aprobar y uno de referencia, a fin de cumplimentar el requisito de que cumpla con la equivalencia farmacéutica.

Además de verificarse que los productos que se comercializan contengan cualitativamente y cuantitativamente los mismos principios activos y que se hayan cumplido las condiciones de similaridad, (formas farmacéuticas iguales/alternativa farmacéutica aceptable). Es requisito que se presenten los datos obtenidos de los Ensayos de disolución efectuados.

Estos ensayos de disolución se encuentran codificados en las farmacopeas internacionales, tomándose como referencia la USP en su edición más actualizada.

Cuando un principio activo o una asociación no tiene codificado el ensayo de Disolución, se requiere de todas formas la presentación de resultados de estudios comparativos con el producto similar, realizados generalmente en diversas condiciones operativas, con distintos medios de disolución elegidos de acuerdo a las características biofarmacéuticas del principio activo y a las normativas generales reconocidas internacionalmente, tales como la "Guía para la Industria - Pruebas de disolución de formas de dosificación oral sólida de liberación inmediata" CDER 1997 FDA.

Las evaluaciones realizadas por el Departamento de Biofarmacia y Galénica lejos de consistir únicamente en la "lectura de papeles"permiten volcar la experiencia analítica obtenida constantemente en la ejecución de los Planes de Trabajo de este Instituto, por lo que las metodologías no validadas o los resultados dudosos a la luz de la experiencia propia de nuestro laboratorio, son sujeto de solicitud de información complementaria, que en oportunidades se chequea en este Instituto o bien en el Laboratorio, con la forma farmacéutica objeto del Registro, y que no permiten que el producto se apruebe hasta tanto se haya cumplido la demostración de Equivalencia Farmacéutica con el similar.

El Ensayo de disolución finalmente aprobado para la demostración de Equivalencia Farmacéutica, se incorpora como requisito de control de calidad "lote a lote", y su cumplimiento en la práctica se verifica mediante el control de Primer lote elaborado por el Laboratorio (Disposición nª 6897/00).

Finalmente, los resultados analíticos de las cerca de 300 formas farmacéuticas sólidas orales del Mercado Argentino, obtenidos durante los meses de julio y agosto de 2002 confirman que en la práctica más del 99% de los productos analizados cumplieron con las pruebas de Disolución efectuadas en INAME.

RESULTADO DE EVALUACIONES: El 55% de expedientes objetados en los Registros por Art. 3, en alto porcentaje es ocasionado por condiciones no satisfactorias de demostración de la equivalencia farmacéutica con el similar e implica la revisión por parte del Departamento una segunda o tercera vez.

En el 34,5% de Expedientes de papel objetados, incide considerablemente la ausencia de demostración de equivalencia farmacéutica satisfactoria entre el producto obtenido con la formulación propuesta comparado con la formulación aprobada, cuando se trata de un cambio de excipientes.

Dr. Carlos A. Chiale - Director Instituto Nacional de Medicamentos

 

El plenario académico está de acuerdo con la libertad del médico para poder prescribir la medicación que aconseja su saber, y no estamos de acuerdo con que el farmacéutico pueda cambiar la receta médica. El otro día hubo una reunión en la Asociación Médica Argentina, y yo estuve. Sinceramente fue una reunión muy, muy valiosa, porque ha aclarado muchísimo la situación desde dos puntos de vista, que realmente creo valdría la pena se difundieran. Uno está constituido por los aspectos éticos, científicos y técnicos, y el otro por los problemas legales que no pueden ser soslayados.
Dr. César Bergadá - Presidente de la Academia Nacional de Medicina

 

Creo que debería diferenciarse en la tabla entre genéricos tal como la comunidad científica internacional los considera (definición de la  OMS) y similares que son los que realmente tenemos en este momento en nuestro país. Tener estudios de bioequivalencia no convierte automaticamente a un similar en genérico (patente) y ni siquiera esto es requerido en el presente.
Dr. José Félix Blanc - Director Técnico Astrazeneca

 

Los genéricos NO existen en Argentina, sino solo copias con muy diferente grado de calidad, que no siempre se relaciona al precio.
Juan Moncalvo

 

La idea en teoría no es mala. Lamentablemente la baja confiabilidad en esos productos ya que no se puede saber si realmente están empleando la dosis correcta de droga, hace que me inspiren desconfianza.
Por otra parte, si se invirtiera el dinero necesario para la investigación y desarrollo de esos productos supongo que acercarían el costo del producto original.
Silvia Hajos


 

El debate sobre los genericos tiene un componente puramente económico y no científico.
Como siempre que se plantea una discusión aunque ser cauto y reflexivo.
Los argumentos de los laboratorios son de mercadeo pues nadie puede creer que genéricos presentados por ellos mismos puedan causar daño o ser inocuos.
Faltaría analizar como pueden vender en países  del continente, como Perú, el mismo producto, del mismo laboratorio a un tercio del valor en la Argentina.
Luis Carlos Fliguer

Absolutamente de acuerdo con el cuadro del Dr. E. Gallardo,quien resumen en forma muy clara la situación de los productos genericos en el mundo entero.
Miguel Jorge Javier Mamone

 

Coincido plenamente con el cuadro elaborado por el Dr. Gallardo. Una de las cosas que además hay que tener en cuenta, es la imposibilidad fáctica de prestar asesoramiento profesional en cada farmacia ante el requerimiento público. Esta imposibilidad está dada porque no todas las farmacias cuentan en los horarios de atención al público y mucho menos en los turnos, con un farmacéutico a cargo. La mayoría de ellas se encuentran regenteadas por idóneos, ya que figuran como técnicos responsables sólo prestanombres. En el mejor de los casos, existe solamente uno, y que ante la afluencia del público no darán abasto para evacuar consultas, que  lamentablemente serán atendidas por empleados de dudosa idoneidad.

Pretender comparar genéricos con productos registrados, se me ocurre, es lo mismo que comparar un restaurante de cinco tenedores, con un fast food. Indiscutiblemente los genéricos y los fast food, ofrecen sus productos a costos muy inferiores a las otras entidades que he tomado como comparación. Esto es lo que me provoca la gran duda. La situación económica por la que atraviesa el país me lleva a pensar que el error de la legislación está dada por la generalización. La obligatoriedad de la receta con genéricos, deberá reservarse para las instituciones que atienden al universo de más bajos recursos, por ejemplo PAMI, obras sociales sindicales, hospitales, etc. Entiendo que de ésta manera se resolverá el problema social en la prescripción que pretendió encarar el gobierno, sin quitar al médico actuante la posibilidad de recetar productos de calidad certificada entre sus pacientes con recursos. 

Omar del Azar

Considero que Argentina no es un país ,por ahora al menos, para confiar en sus controles. Si hasta tuvimos diputados truchos ( ojo, que no hablo de los que ocupan legalmente su banca y tambien lo son) como vamos a confiar en los laboratorios que venderan sin ningun tipo de control.
Por otro lado cuando yo receto una medicación soy responsable legal de lo que indico pero un diputado que no tiene ni idea de lo que esta legislando le da al que expende en la farmacia la responsabilidad de cambiar mi prescripción, me parece que el responsable legal debiera ser el legislador.
Creo que todo esta al reves, y esta ley le permite al Estado no hacerse cargo de "sus" responsabilidades y en esto esta darle la medicación a la población en estado de indigencia y no venderle barato "basura" que no le va a hacer nada.

Dra. Liliana Sapoznicoff

 

 

 

 

 

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